07-11-2019 / 10:39 h EFE

La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Penal número Uno de Cartagena que, en junio de 2019, condenó al pago de una multa de 90 euros a un hombre que atropelló al organizador de una prueba al afearle la víctima su conducta de rebasar la línea de prohibido el paso en un polígono industrial de La Unión, y que había sido acotada para el desarrollo de la competición.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, indica que según la resolución que ahora se confirma el incidente se produjo el 9 de octubre de 2018, cuando el acusado llegó a la calle Mina Buena Suerte del polígono Lo Bolarín y soltó la cinta que le impedía el paso a una rotonda.

Se presentó entonces el organizador de la misma, quien le afeó su conducta y le dijo que no podía pasar, además de ponerse delante del coche en el que viajaba para hacer una fotografía de la matrícula. El denunciado aceleró el turismo, golpeándole en las rodillas y produciéndole lesiones que tardaron en curar 15 días no impeditivos.

En su recurso, el acusado alegó que las lesiones que el denunciante aseguró le había producido durante el altercado eran anteriores al mismo, ya que tras el mismo continuó con su labor de recibir a los participantes en la prueba y de repartir bocadillos y bebidas a los deportistas.

Asimismo, cuestionó la versión ofrecida por los testigos que participaron en el juicio, al señalar que no presenciaron los hechos y que, además eran amigos del denunciante.

La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia del juzgado de lo penal, que consideró probados los hechos y no cuestionó la veracidad de la declaración de los testigos.

 
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