29-12-2019 / 12:59 h EFE

El Consejo Jurídico de la Región de Murcia (CJRM) ha informado en contra de estimar la demanda presentada por una mujer que reclamó 10.000 euros al Servicio Murciano de Salud (SMS) por las lesiones que aseguró había sufrido por el mal funcionamiento de un ascensor del hospital Virgen de la Arrixaca de esta ciudad.

En su reclamación, la demandante expuso que el suceso se produjo el 29 de enero de 2018, cuando sufrió una caída accidental en el ascensor debido a que cuando fue a cogerlo se encontraba por debajo del nivel del suelo de la planta.

Y añadió que tuvo que ser asistida en el Servicio de Urgencias del propio centro hospitalario del esguince de tobillo que le produjo la caída.

El dictamen del CJRM, al que ha tenido acceso Efe, indica que el ingeniero de mantenimiento del Área de Salud del SMS informó durante la tramitación del expediente abierto en este organismo que no tenían constancia de incidencia alguna en el funcionamiento del ascensor.

Así mismo señaló que era imposible que hubiera existido un nivel de 30 centímetros entre la base del mismo y el piso de la planta, ya que, de haber ocurrido eso, no se habrían abierto las puertas.

El dictamen comenta que la reclamante no ha conseguido demostrar que el percance ocurriera en el ascensor, para añadir que resulta extraño que tratándose de un lugar tan concurrido no haya podido facilitar el nombre de testigos que hubieran podido apoyar su versión de los hechos.

Finalmente, señala que la empresa encargada de los ascensores, Zardoya Otis, sí ha probado que los revisa periódicamente y que por las fechas en que, presuntamente, ocurrió la caída no tuvieron conocimiento de incidencia alguna en los mismos.

 
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