05-02-2020 / 17:11 h EFE

El Juzgado de lo Penal 5 de Granada ha absuelto al médico acusado de un delito de acoso sexual en el ámbito laboral contra una enfermera, para el que la Fiscalía solicitó seis meses de cárcel, al considerar que los hechos denunciados pasaron pero serían abuso sexual o coacciones que no pueden condenarse.

La sentencia absolutoria, contra la que cabe recurso y a la que ha tenido acceso Efe, ha absuelto al médico acusado de un delito de acoso sexual pese a considerar probados los hechos expuestos por la denunciante, una enfermera que acababa de empezar a trabajar con el procesado.

El titular del Penal 5 ha absuelto al médico Francisco Z. V. del delito de acoso sexual a una enfermera con la que compartía destino en Chimeneas (Granada) y con la que había empezado a trabajar tres días antes de los hechos, que se remontan al 6 de julio de 2018.

Durante el juicio, que se celebró el pasado enero, el acusado explicó que conoció a la denunciante en el centro de salud en el que los dos pasaban consulta y que ese día se acercó casi al final de su jornada por la consulta de enfermería para saludar a la enfermera.

Según su relato, se sentó en la camilla y empezó una conversación sobre pacientes y los turnos de guardia para hablar después de unos tatuajes de la denunciante hasta que en un momento determinado se giró para darle dos besos a los que ella accedió, aunque luego hizo un gesto "como de rechazo".

El ahora absuelto negó haber mostrado una atracción por la denunciante y reconoció que, tras el incidente, le envió un mensaje en el que decía que no se perdonaría haberla hecho pasar un mal rato.

La denunciante aseguró que el médico la agarró primero de las manos y luego de la cara con la intención de besarle en la boca y que le dijo que le atraía, lo que le generó miedo y un ataque de ansiedad por el que fue tratada en otro centro de salud.

La sentencia considera probados estos hechos y otorgar más credibilidad a la enfermera que al procesado, aunque también recalca que no existía una superioridad del médico en la relación laboral y que los hechos denunciados "pudieran ser más bien calificados como un delito de abuso sexual o un delito leve de coacciones".

La sentencia absuelve al médico por la imposibilidad de condenarlo por un delito abuso sexual, que conllevaría una pena superior a la solicitada por acoso por la Fiscalía, ni por el delito leve de coacciones, al tratarse de ilícitos penales de distinta naturaleza.

La Fiscalía solicitó una condena a seis meses de cárcel y el pago de 6.000 euros en concepto de indemnización por el daño moral causado a la enfermera mientras la defensa interesó la libre absolución del médico.

 
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