El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha avalado el sistema de cofinanciación por parte de los ayuntamientos de los centros de día del Consorcio Galego de Servicios de Igualdade e Benestar de la Xunta.
La sala segunda de lo contencioso administrativo del alto tribunal gallego ha desestimado el recurso del Ayuntamiento de Vigo contra la resolución del Consorcio que desestimó el requerimiento de revocación de las liquidaciones correspondientes al primer semestre de 2017 de los centros de día de Teis, Coia y Valladares por un monto de 170.000 euros.
En su sentencia, el tribunal niega que la Ley 2/2017 de medidas fiscales, administrativas y de ordenación imponga "una atribución competencial al margen de la voluntariedad de los entes locales u obligue a éstos a subvenir a prestaciones que haya de asumir la comunidad autónoma creando una fórmula para la obtención de un ingreso no previsto".
Al contrario, sostiene que "trata de articular una fórmula que permita determinar la contribución de cada administración en la prestación de servicios realizados mediante fórmulas de cooperación interadministrativa".
Abunda en que la Xunta "tiene la facultad de atribuir" servicios de los que es titular "sin perjuicio de articular fórmulas de colaboración que garanticen la sostenibilidad financiera de los entes locales y, en aras a la eficiencia y eficacia, evitar la duplicidad en ámbitos coincidentes".
Y recuerda que "en Galicia, la atribución a los municipios de la prestación de los servicios sociales resulta clara", y en ello incide el Decreto 99/2012, de 16 de marzo, por el que se regulan los servicios sociales comunitarios y su financiación.
El principal argumento jurídico del Ayuntamiento de Vigo en este recurso se basa en una conclusión que el TSXG considera "radical": la "aparente" reducción de la competencia municipal en materia de servicios sociales operada por las leyes 27/2013 de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local y la autonómica 5/2014.
En base a ello, el consistorio vigués entiende que no estaría obligado a atender las liquidaciones giradas, que, según entiende, vulneran la normativa estatal en materia de régimen local y la regulación autonómica de Servicios Sociales y la autonomía local en su vertiente financiera.
Desde la Xunta valoran esta "sentencia pionera" que "avala" su postura respecto a la cofinanciación de los centros que gestiona el Consorcio, por cuanto sienta "un precedente fundamental".
No obstante, el alcalde de Vigo, Abel Caballero, ha anunciado que recurrirá también ante los tribunales la cofinanciación de escuelas infantiles competencia de la Xunta, al juzgar este sistema "inconstitucional" y una muestra del "matonismo político" de la administración autonómica y su presidente, Alberto Núñez Feijóo.
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