11-03-2020 / 13:31 h EFE

Un abogado del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) consideró este miércoles que un pasajero que demanda a una aerolínea por perder su equipaje no tiene derecho automático al máximo de la indemnización que prevén los convenios internacionales, sino que es un juez nacional quien debe determinar la cuantía.

El caso al que se refieren las conclusiones del letrado es el de un pasajero que tomó un avión de Ibiza a Fuerteventura, haciendo escala en Barcelona, operado por Vueling, en el que la compañía extravió su equipaje facturado y por el que el afectado reclamaba la máxima compensación, de unos 1.400 euros, pese a no haber indicado la composición o el peso del equipaje perdido.

La compañía le ofrecía únicamente una indemnización de 250 euros y el pasajero acudió a un juzgado de Barcelona.

En sus conclusiones publicadas hoy, el abogado general italiano responde a una cuestión de este juzgado, que le pedía aclarar si el límite máximo de indemnización debe concederse de manera automática cuando se compruebe que efectivamente se ha perdido el equipaje o si el importe debe ser fijado por el juez.

Para el letrado, el límite establecido en caso de destrucción, pérdida o avería de equipaje facturado es, efectivamente, una indemnización máxima, que no puede atribuirse por virtud del derecho a todo pasajero afectado.

Además, considera que es el juez nacional el que debe decidir la cuantía de la indemnización basándose en las pruebas que aporta el pasajero para demostrar el perjuicio.

No obstante, el magistrado debe cerciorarse de que las normas no dificulten en exceso el derecho del pasajero a ser indemnizado.

 
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