La Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía ha enviado al Ministerio de Trabajo una serie de propuestas para simplificar los trámites de los ERTE en los supuestos de fuerza mayor recogidos en la norma aprobada por el Gobierno y, al mismo tiempo, dar seguridad jurídica en el resto de los casos.
En una nota, la Consejería de Empleo ha indicado que solicitó al Ministerio que se sustituyese la constancia de la autoridad laboral por la declaración de responsabilidad de la empresa sobre la existencia de la situación de fuerza mayor que causa el ERTE.
Esta petición viene motivada porque el gran número de solicitudes registradas dificulta en gran medida su resolución en el plazo de cinco días que recoge el decreto y el sistema de declaración responsable permitiría simplificar al máximo la autorización de los ERTE por fuerza mayor en los supuestos recogidos en el artículo 10 del decreto para poder centrar todos los esfuerzos de la autoridad laboral en los casos más complicados y necesitados de una resolución sólidamente motivada.
"La propuesta trasladada por esta Consejería, a diferencia de lo expresado por la ministra Yolanda Díaz tras el Consejo de Ministros, no significa endurecer el silencio administrativo, cambiar sus efectos o flexibilizar el efecto estimatorio del silencio positivo", ha afirmado la Consejería de Empleo.
La Junta de Andalucía ha solicitado al Ministerio otra serie de actuaciones que favorezcan el cobro inmediato de la prestación por desempleo a los trabajadores afectados por la crisis del COVID-19, como que se declare cumplido el trámite de inscripción como demandante de empleo de los trabajadores incluidos en un ERTE por fuerza mayor por el hecho de estar incluido en el expediente.
También ha reclamado un subsidio especial de desempleo dirigido a personas que hayan trabajado un mes en los anteriores seis meses y no tengan otras rentas alternativas, como compensación de la imposibilidad de trabajar durante la temporada de Semana Santa, así como para las personas trabajadoras incluidas en el Régimen Especial de Empleados de Hogar, al considerar que dicho colectivo puede ver mermada su continuidad en su actividad laboral, como consecuencia de la excepcionalidad impuesta por el estado de alarma.
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