La orden que flexibiliza las actividades permitidas en la fase 1 de la desescalada por el coronavirus, a la que accedern los territorios autorizados este viernes por el Gobierno, determina la reapertura de numerosas instalaciones y servicios con determinadas condiciones.
Las principales medidas de la orden, publicada este sbado en el BOE, son las siguientes:
MEDIDAS DE CARCTER SOCIAL
- Reuniones de un mximo de diez personas.
- Posibilidad de movilidad entre municipios colindantes para actividades socioeconmicas.
- Velatorios con lmite de 15 personas al aire libre o 10 en espacios cerrados.
- Mximo de 15 personas en entierros o incineraciones adems del oficiante en el caso de los ritos funerarios.
- Asistencia a lugares de culto siempre que no se supere un tercio de su aforo.
- No se permitir el uso de agua bendecida y las abluciones rituales debern realizarse en casa.
- Se prohbe la distribucin de cualquier objeto, libros o folletos, as como tocar o besar objetos de devocin, y no est permitida la actuacin de coros.
LOCALES COMERCIALES
- Podrn abrirse todos los locales con una superficie igual o inferior a 400 metros cuadrados excepto los que se encuentren dentro de centros o parques comerciales.
- Reduccin del aforo al 30 por ciento
- Dos metros entre clientes. Si no es posible mantener esa distancia, slo un cliente dentro del local.
- Horario de atencin prioritario para mayores de 65 aos
- Reapertura con cita previa de concesionarios de automocin, centros de ITV, locales de jardinera y viveros de plantas sea cual fuere su superficie til de exposicin y venta.
- Apertura de entidades concesionarias de juego pblico de mbito estatal excepto las que se encuentren en centros comerciales.
- Mercados al aire libre si as lo deciden los ayuntamientos correspondientes.
TERRAZAS DE HOTELES, BARES Y RESTAURANTES
- Apertura de terrazas al 50 por ciento de las mesas que tenga permitidas.
- Ocupacin mxima de 10 personas por mesa.
- Se evitarn cartas de uso comn, optando por dispositivos electrnicos propios, pizarras, carteles u otros medios similares.
SERVICIOS SOCIALES
- Apertura de centros y servicios de usos sociales con las medidas de seguridad previstas, pero priorizando la va telemtica cuando sea posible.
- En todo caso, se garantizar la disponibilidad de acceso a los servicios de terapia, rehabilitacin, atencin temprana y atencin diurna para personas con discapacidad y/o en situacin de dependencia.
CENTROS EDUCATIVOS
- Reapertura de los centros educativos y centros universitarios para su desinfeccin, acondicionamiento y para funciones administrativas.
- Limitacin al mximo posible del empleo de documentos en papel.
- Podr procederse a la apertura de los laboratorios universitarios para las labores de investigacin que les son propias.
CIENCIA E INNOVACIN
- Se permiten congresos, encuentros, eventos y seminarios en el mbito de la investigacin cientfica y tcnica, el desarrollo y la innovacin con un mximo de 30 asistentes.
BIBLIOTECAS
- Reapertura de bibliotecas para prstamo y devolucin de obras y lectura en sala
- No se podr hacer uso de los ordenadores y medios informticos para el pblico
- En bibliotecas especializadas o con fondos antiguos, nicos, especiales o excluidos de prstamo domiciliario se permite la consulta con reduccin de aforo y slo en los casos en que se considere necesario.
- Una vez consultadas las obras permanecern catorce das si poder utilizarse.
MUSEOS
- Los museos podrn abrir reduciendo a un tercio el aforo de cada una de sus salas.
- Inhabilitacin de elementos de uso tctil y audioguas y folletos en sala.
- Las visitas sern individuales, entendiendo como tales tanto la visita de una persona como la de una unidad familiar o unidad de convivencia anloga.
- El servicio de consigna no estar disponible.
PRODUCCIN Y RODAJE DE OBRAS AUDIOVISUALES
- Realizacin de la mayora de las actividades de produccin siempre que se cumplan las medidas higinico-sanitarias.
- Se podrn realizar rodajes en plats y espacios privados, as como en espacios pblicos que cuenten con la correspondiente autorizacin del ayuntamiento.
ACTOS Y ESPECTCULOS CULTURALES
- Reapertura de locales en los que se desarrollen actos y espectculos culturales slo para un tercio de su aforo y siempre que no se superen las 30 personas en lugares cerrados y 200 al aire libre.
- No se entregar libreto ni programa ni otra documentacin en papel.
- No se prestarn servicios complementarios como tiendas, cafetera o guardarropa.
ACTIVIDAD DEPORTIVA PROFESIONAL Y FEDERADA
- Apertura de los Centros de Alto Rendimiento.
- Slo podr acceder con los deportistas un entrenador.
- Entrenamientos preferentemente de forma individual.
- Los clubes deportivos o Sociedades Annimas Deportivas podrn desarrollar entrenamientos en grupos de hasta diez deportistas.
- A las sesiones de entrenamiento no podrn asistir medios de comunicacin ni contarn con presencia de personal auxiliar o utilleros.
- Apertura de las instalaciones deportivas al aire libre con cita previa.
HOTELES Y ESTABLECIMIENTOS TURSTICOS
- Apertura de hoteles y alojamientos tursticos, que podrn prestar servicio de restauracin slo a sus clientes hospedados.
- No est permitida la utilizacin de piscinas, spas, gimnasios, miniclubs, zonas infantiles, discotecas o salones de eventos
- Se limpiarn y desinfectarn al menos cada dos horas todos los objetos y superficies de las zonas de paso susceptibles de ser manipuladas o contaminadas por diferentes personas.
TURISMO ACTIVO Y DE NATURALEZA
- Se podrn realizar actividades de turismo activo y de naturaleza para grupos de un mximo de hasta diez personas.
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