El Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón (COTA) ha informado negativamente sobre la transferencia de 4.99 hectómetros cúbicos anuales del Ebro a la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental, una decisión que se suma al informe negativo del Instituto Aragonés del Agua que también rechaza este trasvase .
Una propuesta que según el consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, José Luis Soro, y presidente del COTA, "no se justifica por su carácter permanente e indefinido" y no existen razones objetivas que la justifiquen dado que, en paralelo, el Ministerio de Transición Ecológica "está tramitando un expediente de autorización especial de otro trasvase de 18,61 hm3".
El consejero ha apuntado que serán "tajantes" en la defensa de los recursos hídricos de la cuenca del Ebro para garantizar que no se produzcan transferencias de agua.
Ha recordado además, según informa el Gobierno de Aragón el un comunicado, que el objetivo 12 de la Estrategia de Ordenación del Territorio (EOTA) se refiere a la gestión eficiente de los recursos hídricos, "con criterios de racionalidad y sostenibilidad ambiental, mejorar la eficiencia y preservando la calidad, y garantizar la compatibilidad de las propuestas de actuación para el desarrollo territorial con los planes hidrológicos de cuenca".
Además ha agregado que también se pronunciarán sobre este asunto los servicios jurídicos y el Consejo Consultivo de Aragón, lo que se trasladará al Consejo de Gobierno para que realice propuesta que se remitirá a las Cortes.
Según recoge el Estatuto de Autonomía de Aragón, en el artículo 72.3, el informe aprobado por el COTA es preceptivo para cualquier propuesta de obra hidráulica o de transferencia de aguas que afecte al territorio. El Gobierno central deberá propiciar de manera efectiva el acuerdo entre todas las Comunidades Autónomas que puedan resultar afectadas.
Además, el propio Estatuto de Autonomía de Aragón recoge, en el artículo 19.3, que es necesario velar especialmente para evitar transferencias de aguas de las cuencas hidrográficas de las que forman parte la Comunidad Autónoma que afectan a intereses de sostenibilidad, atendiendo a los derechos de las generaciones presentes y futuras.
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