06-06-2020 / 14:20 h EFE

Las plazas, recintos e instalaciones taurinas al aire libre podrn reabrir en los territorios que se encuentren en fase 2 y las discotecas y bares de ocio nocturno donde se haya alcanzado la fase 3, aunque con limitaciones de aforo en ambos casos.

As se recoge en una nueva orden del Ministerio de Sanidad recogida en un segundo nmero de este sbado del Boletn Oficial del Estado (BOE), que ya public a primera hora el decreto de prrroga del estado de alarma.

El segundo nmero del sbado incluye nicamente esa nueva disposicin de Sanidad que flexibiliza determinadas restricciones de mbito nacional y establece las unidades territoriales que progresan a las fases 2 y 3 del plan de desescalada.

La nueva orden elimina tambin las restricciones a la ocupacin de los vehculos respecto del total de plazas sentadas, para los transportes en autobs y ferroviarios, as como para los transportes terrestres colectivos de mbito urbano y periurbano.

Cuando el nivel de ocupacin lo permita, se procurar la mxima separacin entre los usuarios.

Respecto a las plazas de toros al aire libre, la orden especifica que podrn reabrir en fase 2 con un aforo mximo de un tercio y no ms de 400 personas.

Este lmite que se ampla en la fase 3 hasta la mitad del aforo permitido y no ms de 800 personas.

Se permite igualmente en la fase 3 la apertura de discotecas y bares de ocio nocturno siempre que no se supere un tercio del aforo, as como consumir dentro de los locales de hostelera y restauracin, siempre que no se supere el 50 por ciento del aforo.

En los locales de juegos y apuestas, se establece tambin el aforo mximo permitido en un 50 por ciento.

La orden determina adems que las comunidades autnomas que pasan en su conjunto a fase 3 y as lo han solicitado al Ministerio de Sanidad se conviertan en unidades territoriales a partir del prximo lunes.

De este modo, cada comunidad autnoma podr decidir por s misma si permite la movilidad de circulacin dentro de todo su territorio.

Las unidades territoriales, en fase 3, a partir del lunes, son: Andaluca, Aragn, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Galicia, Murcia, Navarra, Pas Vasco, La Rioja y la ciudad autnoma de Melilla.

En Castilla-La Mancha, la unidad territorial formada por las provincias de Guadalajara y Cuenca; en Catalua, la formada por las regiones sanitarias de Camp de Tarragona y Terres de l'Ebre, y la unidad territorial formada por la regin sanitaria de Alt Pirineu i Aran, y en Extremadura, las unidades territoriales de la provincia de Cceres y de la provincia de Badajoz.

Segn el decreto de prrroga del estado de alarma, las comunidades podrn modular la aplicacin de las medidas en su territorio y pueden pasar a ser autoridades competentes delegadas para la adopcin, supresin, modulacin y ejecucin de las medidas correspondientes a la fase 3.

Podrn ejercer esas funciones salvo para las medidas vinculadas a la libertad de circulacin que excedan el mbito de la unidad territorial determinada para cada comunidad.

 
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